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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 3o. A. 139 KTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210604
Clave de tesis
I. 3o. A. 139 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 401

PRUEBA PERICIAL. EL VEINTIUNO DE MARZO NO ES LABORABLE Y NO SE DEBE TOMAR EN CUENTA PARA EL TERMINO DEL OFRECIMIENTO DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 401

Precedentes

Queja 233/94. Visión por Cable de México, S.A. de C.V. 23 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Alfredo Soto Villaseñor. Secretaria: Rosa Elena González Tirado.
Registro digital (IUS): 210604