Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/210613
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
V. 2o. 207 KTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210613
Clave de tesis
V. 2o. 207 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 406

PRUEBAS EN LA REVISION. CASO EN QUE PROCEDE SU ADMISION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 406

Precedentes

Amparo en revisión 121/94. Ayuntamiento de Hermosillo. 2 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Silvia Marinella Covián Ramirez. Incidente en revisión 117/94. Eulogio Regalado Vargas. 19 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Silvia Marinella Covián Ramírez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Octava Epoca, Tomo IX-Marzo, pág. 276.
Registro digital (IUS): 210613