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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II. 2o. 86 ATesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210633
Clave de tesis
II. 2o. 86 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 423

REPRESENTANTE LEGAL. FALTA DE. VIOLACION AL PRINCIPIO DE IGUALDAD ENTRE LAS PARTES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 423

Precedentes

Amparo directo 461/94. Hilario Zárate Estrada. 14 de julio de 1994. Mayoría de votos. Ponente: Juan Manuel Vega Sánchez. Disidente: Enrique Pérez González. Secretario: Eduardo N. Santoyo Martínez.
Registro digital (IUS): 210633