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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XI. 2o. 110 PTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210646
Clave de tesis
XI. 2o. 110 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 435

SALUD, DELITO CONTRA LA. NO CORRESPONDE LA CONDUCTA QUE PREVE EL VIGENTE ARTICULO 195 BIS, DEL CODIGO PENAL FEDERAL, A LA QUE SANCIONABA EL ARTICULO 194, ANTES DE SU REFORMA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 435

Precedentes

Amparo directo 317/94. Francisco Javier Jacquez Vizcarra. 23 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Murillo Delgado. Secretaria: Libertad Rodríguez Verduzco.
Registro digital (IUS): 210646