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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 4o. A. 735 ATesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210647
- Clave de tesis
- I. 4o. A. 735 A
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 436
SECRETARIOS DE ACUERDOS DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION. SON FEDATARIOS DE LOS ACTOS EN QUE PARTICIPAN PERO NO RESPONSABLES DE LOS MISMOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 436
Los secretarios de acuerdos de las diferentes Salas del Tribunal Fiscal de la Federación, sólo son fedatarios que hacen con su participación que los actos emitidos por los Magistrados Instructores o por las Salas sean válidos, razón por la cual no son responsables de tales actos y, por ende, procede el sobreseimiento respecto de los mismos.
CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 1024/94. Autobuses Golfo Pacífico, S. A. de C. V. 1o. de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretario: Ramón E. García Rodríguez.