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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
IX. 1o. 104 KTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210669
Clave de tesis
IX. 1o. 104 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 447

SUSPENSION PROVISIONAL. TERMINO PARA INTERPONER EL RECURSO DE QUEJA CONTRA EL ACUERDO EN QUE SE RESUELVE SOBRE LA, CUANDO EL EMPLAZAMIENTO AL JUICIO DE AMPARO ES POSTERIOR A ESTA RESOLUCION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 447

Precedentes

Queja 34/94. Francisco Salas Jasso. 24 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Guillermo Salazar Trejo.
Registro digital (IUS): 210669