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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II. 1o. 137 KTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210674
Clave de tesis
II. 1o. 137 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 450

TERCERO EXTRAÑO AL JUICIO. NO ES NECESARIO QUE FORMULE UN RAZONAMIENTO DE LAS CONSIDERACIONES Y FUNDAMENTOS DE LA EJECUCION DEL ACTO RECLAMADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 450

Precedentes

Amparo en revisión 90/94. Jorge Castañeda Salgado. 11 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretaria: Elizabeth Serrato Guisa.
Registro digital (IUS): 210674