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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II. 1o. 136 KTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210675
Clave de tesis
II. 1o. 136 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 450

TERCEROS EXTRAÑOS AL JUICIO. NO ESTAN OBLIGADOS A AGOTAR RECURSOS ORDINARIOS ANTES DE OCURRIR AL AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 450

Precedentes

Improcedencia 73/94. Gerardo Dávila Rodríguez y otros. 19 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Díaz Infante Aranda. Secretaria: Sonia Gómez Díaz González.
Registro digital (IUS): 210675