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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XII. 1o. 8 LTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210683
Clave de tesis
XII. 1o. 8 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 456

TRABAJADORES ACADEMICOS. NO SE VIOLA EL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA, EN TRATANDOSE DE.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 456

Precedentes

Amparo directo 11/91. Cecilia Pía Medina Zamudio. 8 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Eliseo Gustavo Araujo Arriaga. Secretaria: Ana María Arce Becerra.
Registro digital (IUS): 210683