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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 1o. T. 463 LTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210685
- Clave de tesis
- I. 1o. T. 463 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 457
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. FALTAS DE ASISTENCIA COMO CAUSAL DE CESE, DEBEN SER CONSECUTIVAS O CONTINUAS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 457
El artículo 46, fracción V, inciso b), de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, establece como causal de cese, la inasistencia por más de tres días consecutivos a las labores sin motivo justificado. Luego, si no se da la consecutividad requerida en las faltas de asistencia, debe estimarse injustificado el cese de que fue objeto el trabajador.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 3211/94. Ismael Ortega Ruiz. 21 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretario: Rigoberto Calleja López.