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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 1o. T. 449 LTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210704
Clave de tesis
I. 1o. T. 449 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 469

VACACIONES. OBLIGACION DE PROBAR EL PERIODO RELATIVO, CUANDO SE TRATA DE AUTORIDADES DISTINTAS A TRIBUNALES DE TRABAJO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 469

Precedentes

Amparo en revisión 121/94. Sindicato de Trabajadores en General de la Compañía Industrial Veracruzana, S.A. y otros. 10 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Gómez Argüello. Secretario: Francisco O. Escudero Contreras.
Registro digital (IUS): 210704