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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX. 281 KTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210712
Clave de tesis
XX. 281 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 473

VIOLACIONES AL PROCEDIMIENTO CONSISTENTES EN QUE AL QUEJOSO NO SE LE RECIBAN LAS PRUEBAS QUE LEGALMENTE HAYA OFRECIDO, O CUANDO NO SE LE RECIBEN CONFORME A LA LEY. DEBE RECLAMARSE EN AMPARO DIRECTO AL PROMOVERSE LA DEMANDA CONTRA LA SENTENCIA QUE PONGA FIN AL JUICIO, LAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Septiembre de 1994; Pág. 473

Precedentes

Amparo en revisión 168/94. Roberto Jacinto Robles Ramírez. 19 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Ronay de Jesús Estrada Solís.
Registro digital (IUS): 210712