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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.2o. J/320 JurisprudenciaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210781
- Clave de tesis
- VI.2o. J/320
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 80, Agosto de 1994; Pág. 85
AGRAVIOS EN LA REVISION INOPERANTES PORQUE REPRODUCEN CONCEPTOS DE VIOLACION.
[J]; 8a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Núm. 80, Agosto de 1994; Pág. 85
Son inoperantes los agravios, para los efectos de la revisión, cuando el recurrente no hace sino reproducir casi en términos textuales, los conceptos de violación expuestos en su demanda, que ya hayan sido examinados y declarados sin fundamento por el Juez responsable; si no expone argumentación alguna para impugnar la legalidad de la sentencia de dicho Juez, mediante la demostración de violaciones a la ley de fondo o forma, en que incurre tal sentencia, al no reunir los requisitos que la técnica jurídico-procesal señala para el efecto, deben desecharse y en consecuencia, confirmarse en todas sus partes, el fallo que se hubiere recurrido.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 558/87. Hugo Jiménez Hernández. 21 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.
Amparo en revisión 69/88. Antonia Juana Iturbide y coag. 12 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.
Amparo en revisión 240/88. María de Jesús Fuentes. 28 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Guillermo Báez Pérez.
Amparo en revisión 275/88. José Ignacio Alvarez Gutiérrez. 11 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Guillermo Báez Pérez.
Amparo en revisión 110/89. Gloria Pérez Milacatl. 18 de abril de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.