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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VII. C. 5 KTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210813
Clave de tesis
VII. C. 5 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 591

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA, IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN CONTRA DE LA NEGATIVA DE LA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 591

Precedentes

Amparo en revisión 406/91. Emilio Carreón Bandala. 19 de agosto de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso Ortiz Díaz. Secretario: Vicente Morales Cabrera.
Registro digital (IUS): 210813