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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XXI. 2o. 48 KTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210829
Clave de tesis
XXI. 2o. 48 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 601

DEMANDA DE AMPARO. COMPUTO DEL TERMINO DE QUINCE DIAS PARA LA INTERPOSICION DE LA, CUANDO EL QUEJOSO ES AJENO AL JUICIO DONDE SE GENERO EL ACTO RECLAMADO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 601

Precedentes

Amparo en revisión 148/94. Rodolfo Sámano García. 13 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Martiniano Bautista Espinosa. Secretario: Javier Cardoso Chávez.
Registro digital (IUS): 210829