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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
X. 2o. 5 LTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210852
Clave de tesis
X. 2o. 5 L
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 617

HORAS EXTRAORDINARIAS. RECLAMACION IMPROCEDENTE DEL PAGO DE LAS, SI LA JORNADA SEMANAL NO REBASA EL LIMITE FIJADO POR LA LEY.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 617

Precedentes

Amparo directo 780/93. María Guadalupe de la Cruz Montejo. 12 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Oscar Hernández Peraza. Secretaria: Beatriz J. Jaimes Ramos.
Registro digital (IUS): 210852