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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
II. 2o. 120 LTesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210857
- Clave de tesis
- II. 2o. 120 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 620
INCIDENTE DE NULIDAD POR ILEGAL EMPLAZAMIENTO, MATERIA LABORAL. PUEDE PROMOVERSE MIENTRAS NO SE DICTA EL LAUDO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 620
Ninguna trascendencia tiene que se haya dictado por el Tribunal laboral acuerdo cerrando la instrucción, cuando el interesado presenta incidente de nulidad contra el ilegal emplazamiento, pues puede resolverse perfectamente esa cuestión propuesta cuando aún no se ha dictado por la responsable el laudo respectivo, que es el que verdaderamente pone fin al juicio laboral.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 426/94. H. Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez, México. 8 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Solís Solís. Secretaria: Ma. del Rocío F. Ortega Gómez.