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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 6o. C. 146 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 210862
- Clave de tesis
- I. 6o. C. 146 C
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 625
INSTITUCIONES BANCARIAS. SU TRANSFORMACION DE SOCIEDADES NACIONALES DE CREDITO A SOCIEDADES ANONIMAS, NO CREA DOS ENTES DISTINTOS, SINO QUE SE TRATA DE UNA MISMA PERSONA MORAL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 625
El hecho de que se suscriban títulos de crédito en favor de una institución bancaria, como sociedad nacional de crédito, cuando ya ésta opera como sociedad anónima, por virtud de un decreto expedido por el Ejecutivo Federal, ello no significa que no tenga legitimación activa por su transformación, pues es a esta última razón social a quien le corresponde ejercitar los derechos sobre dichos títulos, ya que no se trata de dos entes distintos, sino de una misma persona moral, sólo que si antes estaba regida por la Ley de Instituciones de Crédito, ahora lo está por la Ley General de Sociedades Mercantiles, pero esa situación no implica de ninguna manera que la sociedad, entre en disolución y liquidación por alguna causa legal que así lo determine.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 3116/94. Salvador García Durán, por sí y quien se ostenta como representante legal de Empacadora San Andrés, S.A. de C.V. 17 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Víctor Hugo Díaz Arellano. Secretaria: María Teresa Covarrubias Ramos.
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 11/97 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 28/98, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VII, mayo de 1998, página 275, con el rubro: "INSTITUCIONES DE CRÉDITO. LEGITIMACIÓN DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS PARA EJERCER DERECHOS DERIVADOS DE TÍTULOS DE CRÉDITO, SUSCRITOS, EN FAVOR DE SOCIEDADES NACIONALES DE CRÉDITO, CON POSTERIORIDAD A LOS DECRETOS DE TRANSFORMACIÓN."