Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/210872
📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VII. C. 42 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210872
Clave de tesis
VII. C. 42 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 635

MENORES DE EDAD. LA PRESCRIPCION DE LA ACCION DE PETICION DE HERENCIA NO CORRE PARA LOS, MIENTRAS NO SE HAYA DISCERNIDO SU TUTELA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 635

Precedentes

Amparo directo 703/93. José Rosas Pérez. 19 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Adrián Avendaño Constantino. Secretario: Arnulfo Joachin Gómez.
Registro digital (IUS): 210872