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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I. 2o. A. 26 K Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
210874
Clave de tesis
I. 2o. A. 26 K
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 636

MULTAS PREVISTAS POR EL ARTICULO 59 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, CUANTIA DE LAS, DE ACUERDO CON EL DECRETO POR EL QUE SE CREA UNA NUEVA UNIDAD DEL SISTEMA MONETARIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Agosto de 1994; Pág. 636

Precedentes

Queja 272/94. Director General Jurídico y de Estudios Legislativos del Departamento del Distrito Federal. 16 de junio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Amado Yáñez. Secretaria: Alejandra de León González. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia I.2o.A. J/16, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, octubre de 1997, página 646, de rubro: "MULTAS PREVISTAS POR EL ARTÍCULO 59 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, SU CUANTÍA, DE ACUERDO CON EL DECRETO POR EL QUE SE CREA UNA NUEVA UNIDAD DEL SISTEMA MONETARIO."
Registro digital (IUS): 210874