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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 211027
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 400
AGRARIO. JUICIO PRIVATIVO DE DERECHOS Y JUICIO DE POSESION.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 400
El juicio de posesión y goce nada tiene que ver con el juicio privativo de derechos agrarios, ya que en el primero el objeto es determinar, cuando existe conflicto, quién tiene derecho a la posesión de la unidad de dotación y en cambio, el segundo, consiste en decretar si se priva o no a alguna persona de los derechos agrarios que ya tiene sobre una parcela, por haber incurrido en alguna de las causas a que se refiere el artículo 85 de la Ley de Reforma Agraria, por lo que el juicio de posesión y goce, no implica ni conlleva la tramitación del de privación de derechos agrarios, que como ya se vio, tiene fines diversos.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 139/88. Carmen Valencia viuda de Báez. 17 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Enrique Crispín Campos Ramírez.