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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211059
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 414

ALEVOSIA, PREMEDITACION Y VENTAJA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 414

Precedentes

Amparo directo 290/93. Pedro Gutiérrez Zárate. 8 de julio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1988, Segunda Parte, tesis relacionada con la jurisprudencia número 138, página 231.
Registro digital (IUS): 211059