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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211075
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 422

AMPARO DIRECTO, IMPROCEDENCIA DEL. CONTRA SENTENCIA DICTADA EN EJECUCION DE UNA DE AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 422

Precedentes

Amparo directo 315/92. Jovita Lara Suárez. 27 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Tarcicio Obregón Lemus. Secretario: Gonzalo Carrera Molina. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VI.2o. J/49, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, abril de 1996, página 221, de rubro: "AMPARO DIRECTO, IMPROCEDENCIA DEL. CONTRA SENTENCIA DICTADA EN CUMPLIMIENTO DE UNA DE AMPARO."
Registro digital (IUS): 211075