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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211084
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 425

AMPARO IMPROCEDENTE, PORQUE EN LA SENTENCIA DEFINITIVA NO SE ESTUDIARON CUESTIONES NO RECURRIDAS EN APELACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 425

Precedentes

Amparo en revisión 605/87. Esteban Sánchez Guerra. 20 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: E. Gustavo Núñez Rivera.
Registro digital (IUS): 211084