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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211170
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 464

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL. DIFERIMIENTO IMPROCEDENTE CUANDO SE SOLICITO COPIA DE DOCUMENTOS A UNA AUTORIDAD Y NO SE SOLICITO SE LE REQUIERA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 464

Precedentes

Amparo en revisión 345/93. Rafael Lanzagorta Núñez. 20 de agosto de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Tarcicio Obregón Lemus. Secretario: Nelson Loranca Ventura.
Registro digital (IUS): 211170