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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211238
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 495

COMPARECENCIA, ORDEN DE. IMPROCEDENCIA DEL AMPARO EN SU CONTRA (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 495

Precedentes

Amparo en revisión 392/88. Andrés Cerecedo Chavela. 28 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo. Véase: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Núm. 54, junio de 1992, página 11, tesis por contradicción 1a./J. 2/92, con el rubro: "COMPARECENCIA. ORDEN DE, PARA SU IMPUGNACION CONSTITUCIONAL DEBEN AGOTARSE PREVIAMENTE LOS RECURSOS ORDINARIOS."
Registro digital (IUS): 211238