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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211299
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 520

COPIAS DEL ESCRITO ACLARATORIO DE LA DEMANDA DE AMPARO. CASO EN QUE DEBEN SER EXIGIDAS.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 520

Precedentes

Amparo en revisión 256/92. Sindicato Independiente General de Choferes, Cobradores y Similares del Estado de Puebla "2 de Abril". 18 de agosto de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Tarcicio Obregón Lemus. Secretario: Guillermo Báez Pérez.
Registro digital (IUS): 211299