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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 211367
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 549
DESPIDO INJUSTIFICADO. INEXISTENCIA EN CASO DE REINSTALACION NO EFECTUADA.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 549
Si está acreditado que en diverso juicio laboral la demandada ofreció la reinstalación y fue aceptada por el trabajador, si aún no se ha reincorporado materialmente a la fuente de trabajo el actor, no puede configurarse un nuevo despido injustificado, ya que para ello es presupuesto necesario la existencia de la relación laboral a que se refiere el artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 135/90. Clemente Andrés Lezama Castilla. 4 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.