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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 211378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 554
DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO FAMILIAR COMO CAUSAL DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 554
La causal de abandono injustificado del domicilio familiar, se integra con al separación de uno de los cónyuges de la casa que habitan por el término que señala la ley, que implique el rompimiento total de los lazos matrimoniales y la despreocupación completa hacia aquel que permanece en el domicilio familiar, es decir, no basta el simple hecho material de que uno de los cónyuges se vaya de la casa, sino que esa separación implique el abandono para el otro cónyuge en el sentido de no prestarle atención ni auxilio, haciendo con ello imposible la finalidad del matrimonio, dentro de la cual se comprende la ayuda mutua.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 105/94. David García Sánchez. 4 de mayo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.