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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.2o.381 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211394
Clave de tesis
VI.2o.381 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 560

DOCUMENTOS PRIVADOS EN JUICIO MERCANTIL. REQUISITO PARA QUE HAGAN PRUEBA PLENA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 560

Precedentes

Amparo directo 195/92. Rosa María Munguía Montiel. 13 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván. Amparo directo 171/89. Carlos Lavalle Rangel. 31 de mayo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.
Registro digital (IUS): 211394