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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 211404
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 563
DOMICILIO Y HOGAR CONYUGAL. PUEDEN ENCONTRARSE EN LUGARES DISTINTOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 563
Aunque por regla general coinciden el domicilio y el hogar conyugal, en múltiples ocasiones no concuerdan, como en el caso en que el domicilio para los efectos del cumplimiento de los derechos y obligaciones se ubique en un lugar y la morada conyugal o sea la casa habitación en que viven juntos los consortes, por razones de salud o comodidad, se instalen en un sitio cercano, pero diferente de aquél.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 33/94. Adolfo César de la Chaussee Acuña. 23 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.