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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 211432
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 575
EMPLAZAMIENTO. FALTA DEL.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 575
Si los actores en el juicio laboral natural, ejercitaron su acción no sólo en contra de determinada persona física, sino que también de aquel que fuera legítimo propietario de un inmueble; y apareciendo que tal carácter lo tenía la hoy agraviada al momento de instaurarse el juicio de origen; es inconcuso que no bastaba con que se emplazara a la persona física demandada, quien fue la anterior propietaria del bien, sino que también debió ser emplazada a juicio la propietaria del bien en la fecha en que se inició la controversia de origen.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 74/88. Gloria Torijano Cabrera. 19 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Guillermo Báez Pérez.