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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 211481
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 597
FRAUDE, VENTA BAJO EL SISTEMA DE APARTADO. CUERPO DEL DELITO. (LEGISLACION DE TLAXCALA).
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 597
Se comprueba el cuerpo del delito de fraude previsto y sancionado por el artículo 304 fracción II del Código Penal del Estado de Tlaxcala, cuando tratándose de la venta de muebles bajo el sistema de apartado aparece que se engañó a los pasivos con entregarles los muebles contratados y parcialmente pagados, en una determinada fecha, sin que esto se haya llevado a efecto, puesto que, por medio de engaños se obtuvo un lucro indebido.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo en revisión 335/88. Juan de Dios Flores. 26 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Jorge Núñez Rivera.