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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211503
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 608

HORAS EXTRAS. DEBEN PAGARSE CUANDO LA PATRONAL ADMITE QUE SE LABORARON, AUN CUANDO EXPRESAMENTE SE HAYA CONVENIDO QUE DEBIA RECABARSE PREVIAMENTE ORDEN POR ESCRITO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 608

Precedentes

Amparo directo 478/93. Cynthia Salvador Elizondo. 3 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Angel Gregorio Vázquez González. Secretario: Blanca Estela Quezada Rojas.
Registro digital (IUS): 211503