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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 211536
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 626
INJURIAS, MALOS TRATOS Y AMENAZAS, TESTIMONIAL PARA DEMOSTRAR LA CAUSAL DE DIVORCIO DE.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 626
Las injurias, malos tratos y amenazas invocados como causal de divorcio, pueden quedar comprobadas con los testigos que para tal efecto se presenten, si éstos además de coincidir en circunstancias de modo, tiempo y lugar, no se encuentran desvirtuados por otros medios probatorios aportados en el juicio.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 17/88. María Esther Iglesias Zeleny. 16 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.