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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211596
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 656

LIBERTAD BAJO CAUCION, PROCEDE ACORDE A LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS POR EL ARTICULO 399 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 656

Precedentes

Amparo en revisión 49/94. Juez Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco y Agente del Ministerio Público Federal adscrito al Juzgado Noveno de Distrito en Materia Penal en la misma entidad federativa. 28 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón. Secretario: Joel Sánchez Cortés. Amparo en revisión 50/94. Juez Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Jalisco y Agente del Ministerio Público Federal adscrito al Juzgado Noveno de Distrito en Materia Penal en la misma entidad federativa. 28 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón. Secretario: Joel Sánchez Cortés.
Registro digital (IUS): 211596