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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 211610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 662
MARIHUANA. SIEMBRA, CULTIVO O COSECHA DE, SIN FINANCIAMIENTO DE TERCERO.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 662
La primera parte del artículo 195 del Código Penal Federal, contempla benignamente la situación de los campesinos, pero para la aplicación de dicho precepto no se requiere únicamente acreditar la calidad de campesino, sino que también se exigen otras condiciones, entre ellas, que la siembra, cultivo y cosecha de marihuana se verifique con financiamiento de tercero, lo que implica que éste proporcione todo lo necesario para que el campesino pueda llevar a cabo la acción de sembrar, cultivar y cosechar, con la finalidad de que una vez realizados tales hechos, le sea entregado el vegetal como si fuera propio, ya que por eso financia los gastos; pero si un campesino siembra, cultiva y cosecha el enervante sin intervención de persona ajena, sino por su riesgo y cuenta con el fin de vender la marihuana, aun cuando alegue que le regalaron la semilla, queda excluido del tipo privilegiado que se comenta.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 274/89. Gil Hernández Galindo y otro. 29 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.