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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211643
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 678

NOTIFICACIONES EN APELACION, HECHAS EN FORMA INCORRECTA, QUE NO CONSTITUYEN VIOLACIONES CONTEMPLADAS POR EL ARTICULO 159, FRACCION I, DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 678

Precedentes

Amparo directo 115/93. Sucesión Intestamentaria de Arturo Rojas Vargas o Arturo Eliseo Rojas Vargas. 2 de abril de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Tarcicio Obregón Lemus. Secretario: Guillermo Báez Pérez.
Registro digital (IUS): 211643