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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211739
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 718

POSESION. SU FALTA DE COMPROBACION ES MOTIVO PARA QUE SE NIEGUE EL AMPARO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 718

Precedentes

Amparo en revisión 163/88. Narciso M. Pérez Covarrubias. 15 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Jorge Núñez Rivera. Véase: Apéndice de Jurisprudencia 1917-1985. Cuarta Parte. Tesis 217. página 631.
Registro digital (IUS): 211739