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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211811
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 746

PRUEBAS EN EL AMPARO PRESENTADAS EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION, DEBEN TOMARSE EN CUENTA EN EL PRINCIPAL, SI EL QUEJOSO SOLICITO SU COMPULSA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 746

Precedentes

Amparo en revisión 570/87. Autotransportes Tlaxcala-Apizaco- Huamantla, S.A. de C.V. 26 de enero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.
Registro digital (IUS): 211811