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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 211884
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 779
RENUNCIA Y ABANDONO DEL TRABAJO. DIFERENCIAS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 779
La renuncia y el abandono del empleo son situaciones distintas, pues la primera consiste en una manifestación del trabajador, quien expresa su voluntad al patrón o a su representante de dar por terminada la relación laboral; en cambio, el abandono constituye un "no hacer", o sea, que el trabajador se abstiene de cumplir con sus funciones o deja de presentarse a laborar.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 282/88. "Sombreros Cuauhtémoc", S.A. 18 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Jorge Núñez Rivera.