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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VI.2o.163 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211990
Clave de tesis
VI.2o.163 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 820

SUBARRENDATARIO, AMPARO PEDIDO POR EL, CONTRA EL LANZAMIENTO DECRETADO EN EL JUICIO SEGUIDO CONTRA EL ARRENDATARIO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 820

Precedentes

Amparo en revisión 320/89. Fermín Torres Mendizábal. 17 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Amparo en revisión 75/88. Celia Carmona Martínez. 12 de abril de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Véase: Apéndice de Jurisprudencia 1917-1985. Cuarta Parte. Tercera tesis relacionada con la Jurisprudencia número 73, página 181.
Registro digital (IUS): 211990