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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
211996
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 823

SUPLENCIA DE LA QUEJA CUANDO LAS PARTES EN EL JUICIO SON NUCLEOS DE POBLACION.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 823

Precedentes

Amparo en revisión 82/88. Alberto González Montiel y Apolinar Palacios Ramírez por su representación. 11 de octubre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Jorge Núñez Rivera. Véase: Apéndice de Jurisprudencia 1917-1988, Tercera Parte, Tesis 177, pág. 345.
Registro digital (IUS): 211996