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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
X.1o.15 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212145
Clave de tesis
X.1o.15 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 510

AGRARIO, LEGITIMACION, EL DELEGADO AGRARIO CARECE DE, SI A NOMBRE DE LA COMISION AGRARIA MIXTA, INTERPONE EL RECURSO DE REVISION, CONFORME A LAS REFORMAS DEL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 510

Precedentes

Amparo en revisión 16/94. María de Jesús Perera Ovando. 8 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: José Vargas Ruiz. Secretario: Rigoberto Ochoa Murillo.
Registro digital (IUS): 212145