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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
X.1o.126 L Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
- Registro digital (IUS)
- 212150
- Clave de tesis
- X.1o.126 L
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 8a. Época
- Instancia
- T.C.C.
- Fuente
- [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 513
ALLANAMIENTO A LA REINSTALACION, DEBE PROBAR EL ABANDONO QUE ALEGA, DE LO CONTRARIO, PROCEDE EL PAGO DE SALARIOS CAIDOS.
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 513
Cuando el trabajador ejercita la acción de reinstalación y el patrón se excepciona alegando abandono de labores, pero se allana a reinstalar al actor, la acción queda agotada, por lo que el patrón debe probar ese abandono, pues de lo contrario procede el pago de los salarios caídos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.
Precedentes
Amparo directo 95/94. Liverpool Villahermosa, S. A de C. V. 23 de marzo de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Faustino Cervantes León. Secretario: Ruber Alberto Rodríguez Mosqueda.