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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
VIII.2o.16 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212173
Clave de tesis
VIII.2o.16 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 534

CALIFICATIVAS. ES IRRELEVANTE QUE LA SANCION ESTABLECIDA EN EL DELITO BASICO SEA MENOR QUE LA DETERMINADA PARA LAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE DURANGO).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 534

Precedentes

Amparo directo 104/94. Rodolfo Vázquez Ovalle. 27 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Rodríguez Olmedo. Secretaria: Leticia R. Celis Saucedo.
Registro digital (IUS): 212173