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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XIX.2o.15 C Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212195
Clave de tesis
XIX.2o.15 C
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 543

CONFESIONAL. LA AVANZADA EDAD DEL ABSOLVENTE NO INVALIDA LA PRUEBA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 543

Precedentes

Amparo directo 436/93. María Valdez de Olivares, albacea de la sucesión testamentaria a bienes de Juan Valdez Morales. 2 de febrero de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Roberto Terrazas Salgado. Secretario: Sergio Arturo López Servín.
Registro digital (IUS): 212195