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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.A.715 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212201
Clave de tesis
I.4o.A.715 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 547

CUOTA COMPENSATORIA, RESOLUCION PROVISIONAL QUE IMPONE UNA, RESPECTO DE IMPORTACIONES. CESACION DE SUS EFECTOS SI SE DICTO LA DEFINITIVA QUE LA REVISA Y MODIFICA.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 547

Precedentes

Amparo en revisión 2744/93. Director de Asuntos Judiciales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial y otra. (Corporación Jossman, S.A. de C.V.). 6 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: David Delgadillo Guerrero. Secretaria: Clementina Flores Suárez.
Registro digital (IUS): 212201