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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
I.4o.A.704 A Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212202
Clave de tesis
I.4o.A.704 A
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 547

CUOTA COMPENSATORIA, RESOLUCION QUE IMPONE UNA, RESPECTO DE IMPORTACIONES. CASO EN QUE NO SE AFECTA EL INTERES JURIDICO DEL QUEJOSO.

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 547

Precedentes

Amparo en revisión 394/94. Director de Asuntos Judiciales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (Imex del Bajío, S. de R.L.). 6 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime C. Ramos Carreón. Secretario: Luis Enrique Ramos Bustillos.
Registro digital (IUS): 212202