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📜 Doctrina histórica — 8a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
XX.1o.256 P Tesis AisladaHistórica8a. ÉpocaT.C.C.
Registro digital (IUS)
212207
Clave de tesis
XX.1o.256 P
Tipo
Tesis Aislada
Época
8a. Época
Instancia
T.C.C.
Fuente
[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 551

DELITO DE INCUMPLIMIENTO DE DEBERES ALIMENTARIOS, LA CIRCUNSTANCIA DE QUE HAYA SIDO CONDENADO POR EL. NO IMPIDE LA FORMULACION DE OTRA ACUSACION SI SE TRATA DE UNA NUEVA CONDUCTA QUE PENALMENTE SEA ILICITA. (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).

[TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIII, Junio de 1994; Pág. 551

Precedentes

Amparo en revisión 115/94. Carlos Alberto López Reyes. 28 de abril de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Mariano Hernández Torres. Secretario: Luis Armando Mijangos Robles.
Registro digital (IUS): 212207